Seguro de Defensa Jurídica Militar

Cumplir el deber con la tranquilidad de estar legalmente protegido

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Seguro de Defensa Jurídica Militar

En la actualidad, quienes tienen la responsabilidad de conducción de grupos o desarrollan una actividad profesional, están expuestos a ser alcanzados por acciones legales ante indeseados actos erróneos producto del ejercicio de su profesión militar, los cuales pueden acarrear gastos judiciales.
Sociedad Militar “Seguro de Vida” presenta un seguro desarrollado por SMSV Compañía Argentina de Seguros, aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación: el Seguro de Defensa Jurídica Militar (SDJM), diseñado para brindar asistencia jurídica a los miembros de las Fuerzas Armadas frente a causas que tramiten ante Tribunales del fuero federal.
El SDJM podrá ser contratado en forma individual por el personal militar en actividad, o con la modalidad colectiva por parte de organizaciones vinculadas a las Fuerzas Armadas, a SMSV Compañía Argentina de Seguros S.A.  
Particularmente, Sociedad Militar Seguro de Vida IM, tomará colectivamente el seguro en beneficio de los socios que tengan la calidad de personal militar en actividad y que hayan adherido en su oportunidad al Seguro de Responsabilidad Profesional Militar (SRPM).

IMPORTANTE
PARA CUALQUIER CONSULTA, INFORMACIÓN O ADHESIÓN DEBERÁN CONTACTARSE CON SMSV Compañía Argentina de Seguros S.A.

Cobertura del SDJM

La póliza cubre los gastos judiciales para el ejercicio de la defensa en causa penal, iniciada a personal militar, ante el fuero federal, por delitos presuntamente cometidos con motivo o en ocasión de actos del servicio. (Ley 19.101 y normas concordantes).
También cubre los gastos judiciales que demande el ejercicio de la defensa en causa judicial de naturaleza resarcitoria promovida a personal militar, ante el fuero federal, por aplicación del artículo 9 de la ley 26.944 (Ley de Responsabilidad del Estado), con motivo o en ocasión de actos del servicio (Ley 19.101 y normas concordantes).
A los fines del SDJM, se entiende por acto del servicio, al que tiene relación con la función que corresponde a cada militar en el cumplimiento de su cometido específico y que legalmente le corresponde, en cumplimiento de las órdenes impartidas y deberes derivados de las normas que regulan las funciones de las Fuerzas Armadas.

Forma de contratar el SDJM

El SDJM podrá ser contratado en forma individual por el personal militar en actividad, o con la modalidad colectiva por parte de organizaciones vinculadas a las Fuerzas Armadas, a SMSV Compañía Argentina de Seguros S.A.  

Particularmente, Sociedad Militar Seguro de Vida IM, tomará colectivamente el seguro en beneficio de los socios que tengan la calidad de personal militar en actividad y que hayan adherido en su oportunidad al Seguro de Responsabilidad Profesional Militar (SRPM).

Límite de responsabilidad y conformación de la cobertura del SDJM

El límite de responsabilidad estipulado en las Condiciones Particulares de la Póliza es el máximo de responsabilidad de la Aseguradora en relación con todos los gastos legales generados por procesos iniciados durante la vigencia del SDJM, cualquiera sea el tiempo de finalización de la causa judicial correspondiente y la cantidad de ocurrencias. Una vez que el límite de responsabilidad aplicable se haya agotado, la Aseguradora no deberá abonar los gastos legales que lo excedan. 

La cobertura del SDJM se conforma con un monto que esta expresado en cantidades de Unidad de Medida Arancelaria (UMA), que la Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal N° 27.423, establece para regular entre otras, la labor letrada extrajudicial y judicial. 

La cobertura básica es la equivalente a 250 UMA, monto que se irá actualizando, junto con la prima a pagar, en la medida que se modifique la Unidad de Medida Arancelaria, de acuerdo con lo que decida sobre el tema, la Corte Suprema de Justicia de la Nación.  

En particular se cubren dentro del monto de la Póliza, honorarios de abogados, anticipos de honorarios y de gastos documentados o autorizados judicialmente a abogados, peritos, consultores técnicos, aportes, contribuciones sobre honorarios y/o tasas de actuación judicial que pudieren corresponder. 

Sin perjuicio de lo expuesto esta contemplado que el beneficiario del SDJM pueda solicitar, si lo desea, el aumento de la cobertura (Up grade). 

Consultas por aranceles y cobertura contactarse al infosdjm@smsvseguros.com.ar. 

Sistema de Defensa Legal adoptado

La defensa en juicio se realizará en principio con un abogado nominado por la Aseguradora, que llevará adelante la defensa penal y/o la acción de naturaleza resarcitoria en los Tribunales Federales que por competencia territorial correspondan, dentro de los límites de la cobertura. Para ello se organizó una red de profesionales, que tiene identificado a letrados que actuarán ante los distintos juzgados.

Más allá de la defensa que se haga en el expediente judicial, la Aseguradora dará apoyo jurídico a través de profesionales expertos en temas jurídico-militares.

Además, es factible que el militar involucrado en la causa judicial prefiera nombrar un profesional de su confianza para ejercer su derecho de defensa en juicio. En este caso, previa autorización de la Aseguradora, los honorarios que se regulen en la causa serán pagados dentro de los límites de cobertura.

PARA MÁS INFORMACION SOBRE EL SDJM:
Efectúe su consulta por:
Mail a: infosdjm@smsvseguros.com.ar infosrpm@smsvseguros.com.ar
Teléfono: 0800-222-7776 / 0810-999-7348

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