Estimado asociado: Complete aquí los datos que le solicitamos de sus referidos, recuerde que puede presentar hasta 5 (cinco) retirados no poderdantes o pensionistas que estén cobrando sus haberes a través del IAF o de la Caja Policial.

La efectivización del depósito en su Cuenta de Haberes se verá reflejada con posterioridad al ingreso y depósito efectivo del primer haber de retiro o pensión en SMSV, de cada referido que haya firmado su carta poder.  

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Términos y Condiciones Programa de Referidos SMSV IM para el Servicio de Administración de Haberes
1. Vigencia y Ámbito de aplicación:
La vigencia para la postulación de Referidos se extenderá desde el 1 de mayo de 2026 hasta el 31 de mayo de 2026, inclusive. Sin perjuicio de ello, los Referidos postulados contarán con un plazo de gracia hasta el 31 de julio de 2026 inclusive, para completar la presentación de la documentación requerida por el Programa.

2. Características Generales:
- Por cada Referido que cumpla con los requisitos establecidos por SMSV IM, el Referente recibirá un reconocimiento económico de $125.000 (Ver "Requisitos del Referente" y "Requisitos del Referido")
- Cada Referente podrá presentar hasta un máximo de 5 (cinco) Referidos.
- El beneficio se acreditará en la cuenta de ahorro mutual de haberes del Referente, exclusivamente una vez que el Referido perciba su primer haber a través de SMSV IM.
- Cada Referido recibirá un depósito de bienvenida de $125.000, el cual se depositará en su cuenta de ahorro mutual de haberes, una vez que perciba su primer haber a través de SMSV IM.

3. Requisitos del Referente:
Podrán participar en carácter de "Referente" quienes cumplan con las siguientes condiciones:
- Ser Asociado que perciba sus haberes a través de SMSV IM (condición de Poderdante).
- Mantener su condición de Asociado Poderdante al momento de la acreditación del beneficio.
- Haber completado correctamente los datos del referido en la respuesta del correo electrónico enviado por SMSV IM a su casilla de mail registrada.
- El referente no podrá ser Empleado ni Representante de SMSV IM ni de las Compañías del Grupo.
- Es condición para la percepción del beneficio que el Referente se encuentre al día en el pago de sus cargos.

4. Requisitos del Referido:
Se considerará "Referido" válido a toda persona que cumpla con las siguientes condiciones:
- Al momento de completar la correspondiente Carta Poder, el Referido debe ser beneficiario de IAF o Caja Policial y ya debe estar percibiendo sus haberes.
- No debe haber tenido condición de Poderdante de SMSV IM en los últimos 6 meses anteriores a la fecha de la referencia.
- Un Asociado podrá acceder al beneficio en condición de REFERIDO por única vez.
- Debe completar el Formulario correspondiente al Programa, especificando los datos de su Referente.
- Adquiera la condición de Poderdante al recibir efectivamente sus haberes a través de SMSV IM.

5. Restricciones Adicionales:
- Un Referido no podrá actuar como Referente hasta tanto no haya adquirido efectivamente su condición de Poderdante y se haya acreditado su primer haber.
- La referencia debe ser mutua. Es decir, el Referente debe informar al Referido por los canales oficiales y el Referido debe declarar al Referente mediante el correspondiente Formulario de alta. Por lo tanto, en caso de haber sido referido por más de un Asociado Referente, el beneficio aplicará únicamente al Asociado indicado en el mencionado Formulario.
- El beneficio es personal e intransferible.

6. Modificación y Aceptación:
La participación en este Programa implica la aceptación de estos Términos y Condiciones. SMSV IM se reserva el derecho de cancelar o modificar la misma.