SMSV Texto enriquecido
Sr. Asociado:
Conforme lo dispuesto por la Resolución 2361/2019 del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (I.N.A.E.S.) esta Institución está obligada a informar mensualmente a la Central de Deudores de los Servicios de Crédito Cooperativo y de Ayuda Económica Mutual, la situación crediticia de los asociados clasificada de 1 a 5 conforme lo previsto por la Resolución INAES 2359/2019 incluyendo montos otorgados y compromisos de pago mensual contraídos.
Todo asociado alcanzado por esta normativa tiene derecho a solicitar la última clasificación asignada por la Mutual que fue enviada a la “Central de Deudores de los Servicios de Crédito Cooperativo y Ayuda Económica Mutual”, la que le será informada con los fundamentos que la justifican dentro del período de 10 (diez) días corridos de realizado el pedido.
Asimismo le informamos que podrá acceder libremente a toda la información obrante en la web de la Central de Deudores: https://central-deudores.inaes.gob.ar/cdeudores con su número de CUIT/CUIL/CDI.
Los derechos de rectificación, actualización, supresión y confidencialidad deben ejercerse ante la entidad cedente que sea parte en la relación jurídica a que se refiere el dato impugnado.