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Se recuerda a los Señores asociados y a sus familiares que SMSV no tiene gestores para el cobro de ningún tipo de trámite . Si recibe el llamado de algún falso gestor requiriendo el pago de alguna suma, no siga ninguna instrucción que le indiquen y llame al 0810-222-7678 o diríjase a Casa Central o a nuestras Filiales/Delegaciones donde será debidamente asesorado.

En el Departamento Gestoría de nuestra Sede Central o bien en la Filial o Delegación mas cercana a su domicilio Ud. podrá realizar los siguientes trámites:
- Inicio de tramitación del Subsidio incluido en la cuota social de la SMSV, y posterior pago a sus beneficiarios

PERSONAL RETIRADO (Ejercito - Armada - Fuerza Aérea)
  • Actualización de Domicilios ante la Fuerza.
  • Actualización de Declaratoria de Deudos con Derecho a Pensión en el Legajo Personal, ante la Fuerza respectiva. (deberá realizarse cada 5 años)
  • Actualización de los Seguros Colectivos, Obligatorios.
  • Diligenciamiento del formulario para la obtención o renovación de la Cédula Militar, para residentes en Capital Federal y Gran Buenos Aires (solamente ARA-FAA); respecto del personal del EA - lo deben efectuar ante el EMGE, Azopardo 250 Capital Federal
  • Pedidos de Junta Médica: por incapacidad de hijos, padres y hermanos.
  • Tramitaciones varias ante otras Mutuales/Círculos con sede en Capital Federal.
  • Gestiones ante Obras Sociales (I.O.S.E. / D.I.B.A. / D.I.B.P.F.A)
  • Residencias en el Exterior / Renovación de Permisos para Retirados y Pensionistas(IAF). 
  • Asesoramiento en caso de viudez del retirado
Nota: en todos los casos se entrega constancia de los  trámites efectuados.

TRÁMITE DE PENSIÓN Y SUBSIDIO - COMPENSACIONES, SEGUROS Y SUBSIDOS
  • Inicio y seguimiento de pensiones (incluye: gastos de entierro, fallecimiento y haberes devengados)
    • 1-Normales.
    • 2-Complejas (Convivientes - hijos discapacitados).
  • Denuncia de Siniestro de Seguros: Colectivo, Obligatorio y Círculo Militar

ANTE EL I.A.F.
  • Solicitud de Haberes Devengados, por fallecimiento de Pensionistas.
  • Solicitud de Acumulación de Pensión.
  • Cumplimentación del Form. 572.
  • Presentación de Certificados de Escolaridad.
  • Declaración Jurada de Salario Familiar.
  • Notas de solicitudes, reclamos y elevación de documentación.

ANTE POLICIA FEDERAL
  • Personal retirado:
    • Presentación de notas de solicitudes y reclamos
    • Presentación de certificados de escolaridad
  • Por fallecimiento del retirado
    • Tramitación de Pensión - haberes devengados (cuando el retirado no esté afiliado a Ayuda Mutua)
  • Por fallecimiento de Pensionista
    • Tramitación de haberes devengados (cuando no esté afiliada a Ayuda Mutua)

PERSONAL RETIRADO DE GENDARMERÍA NACIONAL
  • Presentación de Certificados de Escolaridad
  • Presentación de notas de solicitudes y reclamos varios
VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS
  • De acuerdo con el Decreto 886/2005 los Veteranos de Guerra de Malvinas podrán acceder al beneficio de una pensión.

  • Nuestro Dto. Gestoría, está en condiciones de asesorar a todo asociado, que se encuentre encuadrado en dicho Decreto, indicándole a los Sres. Oficiales y Suboficiales la documentación (personal y de sus derechohabientes) que deben presentar ante el ANSES:

    Certificación de su condición de veterano de guerra, el cual le será extendido por la Fuerza en la que revistó el solicitante y Certificada por el Ministerio de Defensa.

    Certificado de Antecedentes Penales, extendido por la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia, perteneciente al Ministerio de Justicia.

    DNI/LE/LC, fotocopia de las pág.1, 2 y la del domicilio, de encontrarse actualizado.

    Si es casado:DNI/LE/LC, del cónyuge, fotocopia de las pág.1 y 2; partida de matrimonio original y copia.

    Si es conviviente: DNI/LE/LC, de su conviviente, fotocopia de las pág.1 y 2.

    Si tiene hijos menores de 18 años:Partida de nacimiento original y copia, D.N.I., fotocopia de las pág.1 y 2.

    Si tiene menores a cargo en guarda, tenencia o tutela:Partida de nacimiento original y copia, D.N.I., fotocopia de las pág.1 y 2; testimonio provisorio o definitivo de guarda, tenencia o tutela.

    Si tiene hijos adoptivos:Sentencia judicial que haya acordado la adopción del menor o partida de nacimiento en la cual conste el apellido del adoptante. Si no posee copia de la sentencia, testimonio expedido por autoridad Judicial, original y fotocopia, D.N.I., fotocopia de las pág.1 y 2.

    Si tiene hijos con discapacidad: Partida de nacimiento original y copia; D.N.I., fotocopia de las pág.1 y 2;

    Certificado de discapacidad Ley 22.431, sus modificatorias y complementarias; formulario de testimonio médico PS 2.3, cumplimentado en todos sus ítems, por el profesional que lo asiste (de no presentar el certificado de discapacidad que se menciona en el párrafo anterior la firma y matrícula del médico actuante).

    Una vez obtenida la Constancia de Veterano de Guerra, que le fuera extendida por la fuerza a la que perteneció, se sugiere solicitar TURNO ante el ANSES al siguiente N° Telefónico 0-800-222-6737 de 14 a 20hs. Ante la eventualidad de que llegara a faltarle alguna documentación, luego de haberse presentado en el ANSES, tiene 30 días, para cumplimentarla. Es importante no perder el turno, pues el derecho al beneficio correrá a partir del momento de la presentación.

Formularios